{"id":15559,"date":"2023-04-28T11:01:11","date_gmt":"2023-04-28T11:01:11","guid":{"rendered":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/?p=15559"},"modified":"2023-05-24T00:26:27","modified_gmt":"2023-05-24T00:26:27","slug":"informe-de-la-fesprosa-y-la-secretaria-de-salud-laboral-sobre-la-promocion-proteccion-y-el-respeto-a-un-entorno-de-trabajo-seguro-y-saludable-en-la-argentina-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/informe-de-la-fesprosa-y-la-secretaria-de-salud-laboral-sobre-la-promocion-proteccion-y-el-respeto-a-un-entorno-de-trabajo-seguro-y-saludable-en-la-argentina-2\/","title":{"rendered":"INFORME de la FESPROSA y la Secretar\u00eda de Salud Laboral SOBRE la PROMOCI\u00d3N, PROTECCI\u00d3N y el RESPETO\u00a0 a UN ENTORNO DE TRABAJO SEGURO y SALUDABLE en la ARGENTINA"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>I- MARCO GENERAL<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>No es posible analizar la evoluci\u00f3n de los sistemas de protecci\u00f3n y del derecho a un Trabajo Seguro y Saludable al margen de la situaci\u00f3n global derivada de la crisis financiera de 2008, las pandemias de gripe A y COVID 19 y la guerra en Ucrania. Frente a todas estas situaciones y atravesando a todos los reg\u00edmenes pol\u00edticos, el Capital desarrolla una estrategia para que el costo de sus crisis, incluido el cambio clim\u00e1tico, lo paguen los pa\u00edses pobres del sur y en particular, los trabajadores y trabajadoras de todas las latitudes, con mayor impacto negativo sobre las mujeres en t\u00e9rminos de precarizaci\u00f3n, salarios y carga de trabajo de cuidados.<\/p>\n\n\n\n<p>En la Argentina, m\u00e1s de la mitad de la masa trabajadora se encuentra por fuera del sistema formal. No se ha logrado revertir la herencia neoliberal de los a\u00f1os \u201890, manteni\u00e9ndose estables las tasas de precarizaci\u00f3n y siniestralidad laboral desde comienzo del siglo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>II- MARCO LEGAL. BASES DEL SISTEMA DE PREVENCI\u00d3N Y RIESGOS DEL TRABAJO.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El r\u00e9gimen legal sobre el que se organiza la SST se basa fundamentalmente en dos leyes:<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Ley 19.587 sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, piedra angular del sistema cuya real motivaci\u00f3n es la rentabilidad de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) (administradoras del sistema) y la financiarizaci\u00f3n privada de los recursos. Seg\u00fan la Organizaci\u00f3n Iberoamericana de la Seguridad Social, Argentina es el \u00fanico pa\u00eds en el cual los fondos los administra en su totalidad el sistema bancario predominantemente privado.<\/p>\n\n\n\n<p>A ello hay que sumarle otras leyes, decretos, disposiciones y reglamentaciones que en su conjunto conforman un r\u00e9gimen orientado m\u00e1s a eludir o reducir las prestaciones asistenciales y reparaciones monetarias que en proteger la seguridad y la salud en el trabajo (SST).<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a la Prevenci\u00f3n, el sistema est\u00e1 organizado de modo tal que tanto los empleadores como las entidades a cargo de administrar el sistema (A.R.T.) se desinteresan por promover acciones e infraestructura enfocadas a la prevenci\u00f3n de riesgos.<\/p>\n\n\n\n<p>El cuadro descripto subsiste desde hace m\u00e1s de dos d\u00e9cadas y a pesar que la Argentina ha ratificado los Convenios OIT n.\u00ba 102, 155, 187, 189 y 190 y a los que la Constituci\u00f3n Nacional les reconoce jerarqu\u00eda superior a las leyes (art. 75 inc 22).<\/p>\n\n\n\n<p>Las enfermedades de origen laboral, seg\u00fan el Sistema de Riesgos del Trabajo, representan solo el 3,5% de los eventos denunciados, contrario a los porcentuales que indica la OIT, sosteniendo que en el promedio mundial s\u00f3lo el 14% de las muertes en el trabajo son debidas a accidentes y que el resto (86%) son debidas a enfermedades de origen laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>Para completar el cuadro normativo, en la Argentina el derecho a la salud se encuentra protegido por normas internacionales con jerarqu\u00eda constitucional (la Declaraci\u00f3n Universal de DD.HH.; del PIDESC; la Convenci\u00f3n sobre la Eliminaci\u00f3n de todas las Formas de Discriminaci\u00f3n contra la Mujer; la Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o; la Convenci\u00f3n Internacional sobre la Eliminaci\u00f3n de todas las Formas de Discriminaci\u00f3n Racial; la Declaraci\u00f3n Americana de los Derechos y Deberes el Hombre; el Protocolo de San Salvador).<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, a pesar de la colisi\u00f3n normativa, contin\u00faa vigente la arquitectura&nbsp; dise\u00f1ada en torno a las leyes 19.587 y, fundamentalmente, la ley 24.557.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde la FESPROSA y la Secretar\u00eda de Salud Laboral bregamos por un cambio de paradigma a trav\u00e9s de un enfoque preventivo y con reparaciones adecuadas. Impulsamos una reforma global del sistema a trav\u00e9s de proyectos de ley presentados por el diputado Victor de Genaro, con eje en la prevenci\u00f3n a trav\u00e9s de la formaci\u00f3n de delegados\/as de prevenci\u00f3n en los establecimientos y la creaci\u00f3n de una banca estatal, con participaci\u00f3n tripartita, que gestione los fondos del sistema. Tal proyecto fue rechazado por las bancadas mayoritarias.<\/p>\n\n\n\n<p>La reforma del a\u00f1o 2014 contempl\u00f3 solamente la agenda empresarial, cuyo objetivo era disminuir la litigiosidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>III.- OTROS FACTORES QUE AFECTAN EL DERECHO A UN ENTORNO DE TRABAJO SEGURO Y SALUDABLE:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; <u>Exclusi\u00f3n de Trabajadores No Registrados<\/u>: la legislaci\u00f3n reconoce como sujetos tutelados \u00fanicamente a quienes se encuentran registrados y con las cotizaciones respectivas. Si la v\u00edctima de un infortunio laboral no est\u00e1 registrada debe recurrir a los sistemas p\u00fablicos de salud. Para obtener la reparaci\u00f3n del da\u00f1o sufrido debe judicializar su reclamo.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; <u>Inspecciones<\/u>: La falta de recursos y de voluntad pol\u00edtica, de las administraciones provinciales encargadas de controlar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo, ha tenido por efecto la escasa efectividad de los sistemas de inspecci\u00f3n implementados por las mismas. Los alt\u00edsimos \u00edndices de empleo no registrado y la falta de prevenci\u00f3n en los lugares de trabajo, tienen relaci\u00f3n directa con los ineficientes servicios de inspecci\u00f3n de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; <u>Declaraci\u00f3n de Insalubridad<\/u>: muchos lugares de trabajo que son insalubres no son as\u00ed reconocidos por las Autoridades debido a la falta de procedimientos adecuados para su declaraci\u00f3n formal.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; <u>Restricciones al Ejercicio del Derecho de Huelga<\/u>: Las Autoridades Administrativas del Trabajo de la mayor\u00eda de las jurisdicciones adoptan un criterio restrictivo a la hora de reconocer al sujeto colectivo con capacidad para ejercer la titularidad del derecho de huelga (el art. 31 de la ley 23.551 reconoce a la huelga como un derecho exclusivo de los sindicatos con Personer\u00eda Gremial). Ello contin\u00faa vigente a pesar que la Corte Suprema ampli\u00f3 el reconocimiento de esa titularidad a los Sindicatos Simplemente Inscriptos. En la pr\u00e1ctica ello implica, por ej., que si un sindicato sin personer\u00eda gremial promueve una huelga y solicita a la Autoridad Administrativa que convoque un \u00e1mbito de negociaci\u00f3n o conciliaci\u00f3n, dicha autoridad rechaza la presentaci\u00f3n bajo el argumento de que el solicitante no cuenta con personer\u00eda&nbsp; gremial.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; <u>Otras limitaciones que se relacionan con el modelo sindical<\/u>: El art. 5 de la ley 19.587 limita la participaci\u00f3n en \u201ctodos los programas de higiene y seguridad de las instituciones especializadas, p\u00fablicas y privadas\u201d a \u201clos trabajadores con personer\u00eda gremial\u201d. Mismo criterio se replica en la ley 24.557 que limita la participaci\u00f3n del sector trabajador en el tripartito Comit\u00e9 Consultivo Permanente a una sola central sindical.-<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; <u>Violencia y Acoso &#8211; Riesgos Psicosociales<\/u>: No hay una ley nacional sobre violencia en el trabajo, solo existen normas parciales (por ej. protecci\u00f3n de la violencia contra las mujeres) as\u00ed como normas de \u00edndole provincial, la mayor\u00eda para el \u00e1mbito estatal.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; <u>Comit\u00e9s Mixtos de Salud y Seguridad<\/u>: En las provincias de Santa Fe y Buenos Aires existen normas de creaci\u00f3n para el \u00e1mbito p\u00fablico y privado, que se aplican con dificultad. Tambi\u00e9n el CCT 214\/06 de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Nacional, crea espacios de participaci\u00f3n (Comisiones CyMAT), as\u00ed como otros convenios de sectoriales\/empresariales.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li><strong> AVANCES NORMATIVOS:<\/strong><\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>&#8211; Ratificaci\u00f3n de Convenios OIT (155, 187, 189 y 190, etc).<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Decreto 1720\/12 Constituci\u00f3n de entidades A.R.T. sin fines de lucro (ART-MUTUAL). Aunque de muy escasa concreci\u00f3n pr\u00e1ctica.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Decreto 49\/2014: moderada ampliaci\u00f3n del listado de enfermedades profesionales reconocidas.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Resoluci\u00f3n 2224\/14: Habilita la afiliaci\u00f3n de los Empleadores de Personal de Casas Particulares.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Res. 801\/15: Implementa un Sistema Globalmente Armonizado de Clasificaci\u00f3n y Etiquetado de Productos Qu\u00edmicos.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Res. 886\/15: Protocolo de Ergonom\u00eda que abre una ventana hacia el reconocimiento de los riesgos psicosociales.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Res. 81\/19: Listado de sustancias y agentes cancer\u00edgenos, aunque es muy b\u00e1sico e insuficiente.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Decreto 651\/22 Extiende el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la ley 24.557 a los trabajadores y trabajadoras asociadas en Cooperativas de Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>V- DESAF\u00cdOS. AGENDA PENDIENTE:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Fomentar el di\u00e1logo social y la participaci\u00f3n de trabajadores y trabajadoras, y sus representantes, en la gesti\u00f3n preventiva y la definici\u00f3n de estrategias que permitan desarrollar las tareas en ambientes seguros y saludables, con la creaci\u00f3n de Comit\u00e9s Mixto de SST y la figura de delegadxs de prevenci\u00f3n en cada lugar de trabajo, p\u00fablico y privado, con respeto a la pluralidad sindical.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Eliminar el fin de lucro sobre el cual se organiza el sistema de prevenci\u00f3n y riesgos del trabajo, recuperando la gesti\u00f3n democr\u00e1tica del ahorro social del sistema.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Avanzar hacia un sistema de gesti\u00f3n preventivo m\u00e1s integral, que tienda al riesgo cero, reconozca la interdisciplinariedad para la gesti\u00f3n preventiva, incluya a los riesgos psicosociales y tenga transversalidad de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Reformar las propuestas formativas vinculadas a SST, de modo que consideren esencial la participaci\u00f3n de los trabajadores y trabajadoras, para evitar repetir estrategias err\u00f3neas.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Promover la inclusi\u00f3n en los distintos niveles educativos de temas vinculados al mundo del trabajo y el fomento de la cultura de la prevenci\u00f3n tanto laboral como ambiental.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Mejorar el sistema de identificaci\u00f3n, reconocimiento y relevamiento de enfermedades profesionales, y desarrollar un programa de Salud P\u00fablica para la detecci\u00f3n de enfermedades relacionadas al trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Abordar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluyendo el acoso y la violencia por motivos de g\u00e9nero, desde la concepci\u00f3n preventiva de riesgos de la SST.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Dotar de mayor capacidad operativa a los organismos de control e inspecci\u00f3n laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Avanzar en el estudio y abordaje de las consecuencias que se producen en la salud por la aplicaci\u00f3n de nuevas Tecnolog\u00edas, desde los trabajos de plataformas (delivery) hasta el Teletrabajo, donde no existe la prevenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Reducir la brecha de g\u00e9nero vinculada al trabajo, en cuestiones como salario, liderazgo y representaci\u00f3n, entre otros aspectos que se vinculan a la SST.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Promover que el Estado empleador, en sus distintos niveles, asuma y cumpla sus obligaciones en SST.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Reconocer la necesidad de que el personal de direcci\u00f3n tenga formaci\u00f3n en la tem\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Visibilizar y promover medidas preventivas sobre la exposici\u00f3n a agentes qu\u00edmicos, (particularmente en la actividad agr\u00edcola y vinculadas), con mirada atenta a los avances cient\u00edfico-t\u00e9cnicos sobre el tema.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Ampliar la prevenci\u00f3n y cobertura a los sectores de la econom\u00eda social y la informal.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Incorporar los riesgos psicosociales a la prevenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Contemplar los efectos del cambio clim\u00e1tico como factor de riesgo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>VI- VISI\u00d3N A FUTURO:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Es necesario volver a resaltar la importancia y utilidad del di\u00e1logo social, de la participaci\u00f3n de las personas que trabajamos, en la definici\u00f3n de aquellas estrategias que nos permitan desarrollar nuestras tareas en ambientes seguros y saludables, que no solo no entra\u00f1en riesgos para nuestra salud y vida, sino que puedan tambi\u00e9n convertirse en espacios y acciones capaces de fomentar el bienestar en quienes trabajamos. El cuidado de nuestra salud no se delega, como tampoco el control obrero sobre la gesti\u00f3n preventiva, por lo que garantizar el derecho a participar en este tema es de suma importancia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>28 de Abril &#8211; D\u00eda Internacional de la seguridad y salud en el trabajo<\/p>\n","protected":false},"author":9,"featured_media":15556,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6,10],"tags":[],"class_list":{"0":"post-15559","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-destacados-del-mes","8":"category-noticias"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15559","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/9"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=15559"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15559\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":15562,"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15559\/revisions\/15562"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/15556"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=15559"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=15559"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/fesprosa.org.ar\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=15559"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}